| Comité de Medicina de Desatres |
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1. El Comité de Medicina de Desastres de la Sociedad Argentina de Cirugía y Medicina del Trauma tiene como misión obtener, elaborar, analizar y difundir información, conocimientos, prácticas, lecciones aprendidas y cursos de capacitación sobre medicina de desastres, con el propósito de contribuir a lograr la identidad y proyección de esta especialidad en todo el ámbito nacional y regional. El Comité define, como eje axiológico de sus actividades, el valor central de los principios humanitarios en la problemática de respuesta a desastres, y con ello el rol insustituible de la medicina y salud pública en el íntimo contacto con la población, y la comprensión profunda de sus necesidades individuales, grupales y comunitarias. Fija, ad referendum de la autorización de la Comisión Directiva de la SAMCT, el objetivo y el plan de acción 2005, de fomentar la capacitación de la gestión de emergencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, antes, durante y después de eventos catastróficos de todo tipo y contingencia. 2. Para dar cumplimiento a la misión tendrá las siguientes funciones
3. El Comité de Medicina de Desastres estará constituido por 1 director, 1 secretario, 6 vocales titulares, 6 vocales suplentes y asesores. Es requisito, para ser miembro del Comité, ser socio de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía del Trauma. 4. Es requisito que el director y el secretario pertenezcan al área metropolitana de Buenos Aires por razones administrativas y operativas. 5. El director durará 2 años en sus funciones, después de los cuales pasará en forma automática a desempeñarse como asesor. En el caso excepcional de lograrse unanimidad de los miembros del Comité de Medicina de Desastres, el director podrá ser reelecto en su cargo sólo por un segundo período. 6. El secretario durará 2 años en sus funciones. Será propuesto por el director y sometido a la aprobación de los miembros del Comité. En caso de lograrse unanimidad de los miembros del Comité de Medicina de Desastres, el secretario podrá ser reelecto en su cargo sólo por un segundo período. 7. Los vocales titulares durarán 2 años en sus funciones, pudiendo ser reelectos en sus cargos en forma indefinida. Uno de los vocales titulares se desempeñará como 1º vocal, sirviendo de apoyo en reuniones y/o decisiones ejecutivas tomadas por el director y el secretario, que por razones de urgencia no pudieran ser sometidas a la consideración del Comité. En caso de que un vocal titular se ausente con aviso por tiempo prolongado (más del 20% de inasistencia) será reemplazado por el 1› vocal suplente. 8. Los vocales suplentes durarán 2 años en sus funciones, pudiendo ser reelectos en forma indefinida. Tendrán voz pero no voto, excepto en la elección para la renovación del Comité. Uno de los vocales suplentes se desempeñará como 1º vocal, sirviendo de reemplazo en caso de que un vocal titular se ausente con aviso por tiempo prolongado (más del 20% de inasistencia). 9. Los vocales titulares y vocales suplentes del Comité de Medicina de Desastres deberán concurrir por lo menos al 80% de las actividades y reuniones del mismo. La inasistencia por causas de fuerza mayor a más del 20% de las reuniones deberá ser debidamente comunicada al Comité. 10. Podrán desempeñarse como asesores del Comité los ex directores del mismo, los socios de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía del Trauma y las personas no socias de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía del Trauma que por su trayectoria o actividad resulten relevantes para la acción del Comité. Los asesores tendrán voz y no voto. 11. Ante conductas societarias inadecuadas de un miembro del Comité de Medicina de Desastres en el desempeño de su tarea, su permanencia en el cargo podrá ser puesta a consideración del Comité, que podrá revocar su participación en el mismo y elevar el informe correspondiente a la Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía del Trauma a los fines pertinentes. 12. El Comité podrá crear subcomisiones vinculadas a temáticas específicas de la Medicina de Desastres. Cada subcomisión dependerá de un vocal titular, quien se desempeñará como representante de la misma ante el Comité. Podrán integrar las subcomisiones los socios de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía del Trauma y las personas no socias de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía del Trauma cuya actividad sea de interés para la tarea de la subcomisión. Todos los integrantes de las subcomisiones podrán participar de las reuniones y actividades del Comité con voz pero sin voto. 13. La designación de quienes ejercerán por el término de 2 años los cargos anteriormente señalados, se realizará en asamblea convocada por el director saliente cada dos años, conforme a la siguiente metodología:
15. El Comité podrá disponer de los recursos económicos generados por sus actividades. La Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía del Trauma percibirá un monto equivalente al 20% en concepto de gastos administrativos, destinándose el 80% restante a las tareas del Comité, el cual podrá decidir sobre el destino de los recursos. El dinero ingresará a la cuenta bancaria de la SAMCT y el Comité contará con el crédito correspondiente debiendo efectuar las rendiciones de los gastos que realice. 16. Los Comités Regionales se regirán por el reglamento del Comité Nacional en su funcionamiento general y tendrán autonomía organizativa y programática, procediendo de acuerdo a los lineamientos conceptuales consensuados entre los Comités Regionales y el Comité Nacional. 17. El Comité realizará una reunión ampliada trimestral, a la cual los Comités Regionales deberán mandar por lo menos un representante. 18. El Comité elevará informes semestrales sobre sus actividades a la Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía del Trauma. 19. El presente Reglamento se encuentra sujeto a modificaciones que podrán ser propuestas y votadas por los miembros del Comité reunido en pleno y elevadas a la Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía del Trauma para su aprobación.
Integrantes del Comité de Medicina de Desastres (en formación) CV de Integrantes del Comité de Medicina de Desastres
Comité Científico Medicina Desastres
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Cirugía del Trauma E-mail: info@samct.com.ar |